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jueves, 16 de junio de 2011

Resolución Administrativa Nº 124-2011-CE-PJ MINTRA


APRUEBAN CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACIÓN DE LA NUEVA LEY PROCESAL DEL TRABAJO - LEY Nº 29497 PARA EL AÑO 2011

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 124-2011-CE-PJ

Lima, 27 de abril del 2011

VISTO:
El Oficio N° 041-2011-ETIINLPT/JASE-PJ, cursado por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y,

CONSIDERANDO:

Primero: Que, la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ley N° 29497, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 de enero de 2010 consagra los principios procesales de inmediación, oralidad, concentración, celeridad, economía y veracidad;

Segundo: Que, la Novena Disposición Complementaria de la referida ley establece que su aplicación será progresiva en la oportunidad y en los Distritos Judiciales que disponga el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; asimismo, las Disposiciones Transitorias de la norma en mención, encargan ejecutar diversas acciones tendientes a su implementación;

Tercero: Que, mediante Resolución Administrativa N° 413-2010-CE-PJ de fecha 13 de diciembre último se aprobó el Plan de Trabajo del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo para el año 2011, el mismo que establece como uno de sus objetivos la implementación de Distritos Judiciales del país con la Nueva Ley Procesal del Trabajo;

Cuarto: Que, el mencionado Plan de Trabajo también establece como objetivo del Equipo Técnico el fortalecimiento de los Distritos Judiciales en los que se implementó la mencionada ley procesal durante el año 2010. A efectos de hacer viable dicho objetivo el Equipo Técnico propuso a este Órgano de Gobierno diversas medidas para dar sostenibilidad al proceso de implementación llevado a cabo el año próximo pasado, lo cual conllevó a que previamente se tenga que reformular el cronograma de actividades establecidas para el presente año, en atención al presupuesto institucional;

Quinto: Que, mediante Oficio Nº 712-2011-GG-PJ el Gerente General del Poder Judicial remitió al Equipo Técnico el informe N° 105-2011-SEP-GP-GG-PE y el Informe Complementario N° 131-2011-SEP-GP-GG-PJ, elaborados por la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificación, referidos a la implementación de Distritos Judiciales del país para el presente año, de acuerdo al presupuesto institucional y teniendo en cuenta el costo de las medidas de fortalecimiento de los Distritos Judiciales implementados en el 2010;

Sexto: Que, en cumplimiento de los objetivos del Plan de Trabajo de 2011 del Equipo Técnico, resulta necesario tomar medidas administrativas a fin de implementar la Nueva Ley Procesal del Trabajo en diversos Distritos Judiciales del país; Sétimo: Que, de conformidad con el mandato contenido en el Decreto de Urgencia N° 012-2011 y la limitación porcentual de gasto que dicha norma impone a las entidades del Estado hasta el 30 de junio del año en curso, la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en nuevas Cortes Superiores de Justicia deberá realizarse a partir del 01 de julio próximo;

Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en virtud de lo establecido en el artículo 82°, incisos 24, 25 y 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Robinson Gonzáles Campos por encontrarse de licencia, por unanimidad,

RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el Cronograma de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ley N° 29497, para el presente año:
• Distrito Judicial de Moquegua a partir del 01 de julio de 2011
• Distrito Judicial de lca a partir del 08 de julio de 2011
• Distrito Judicial de Junín a partir del 15 de julio de 2011
• Distrito Judicial del Santa a partir del 22 de julio de 2011
• Distrito Judicial de Cajamarca a partir del 26 de julio de 2011.

Artículo Segundo.- El Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo llevará a cabo acciones de seguimiento, evaluación y monitoreo en los Distritos Judiciales referidos en el artículo anterior, a fin de verificar el desarrollo del proceso de implementación de la citada ley; debiendo todas las áreas administrativas y jurisdiccionales brindar el apoyo requerido dentro del menor plazo posible.

Artículo Tercero.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Moquegua, lca, Junín, del Santa y Cajamarca, a adoptar las acciones y medidas necesarias para concretar la efectiva ejecución del cronograma de implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo aprobado.

Artículo Cuarto.- Disponer que al día siguiente de la publicación de la presente resolución, las Presidencias de las mencionadas Cortes Superiores designen una Comisión Distrital de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, la misma que estará presidida por el Presidente de la Corte Superior de Justicia e integrada por un Juez Superior, un Juez Especializado, un Juez de Paz Letrado y el Jefe de la Oficina de Administración Distrital. Dicha comisión coordinará directamente con el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo.

Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial ejecute las medidas tendientes a la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en los citados Distritos Judiciales, consistentes en la dotación de los recursos detallados en el Informe N° 105-2011-SEP-GP-GG-PJ e Informe Complementario N° 131-2011-SEP-GP-GG-PJ de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificación del Poder Judicial, con cargo a los recursos presupuestales del Poder Judicial.

Artículo Sexto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Oficina de Control de la Magistratura de Poder Judicial, Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia de Moquegua, lca, Junín, del Santa y Cajamarca; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

SS.
CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO
JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA
DARÍO PALACIOS DEXTRE
AYAR CHAPARRO GUERRA

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