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lunes, 11 de julio de 2011

Ley N° 29714

Artículo único.Modificación del artículo 4 de la Ley 29351, Ley que reduce costos laborales a los aguinaldos y gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad


Modifícase el artículo 4 de la Ley 29351, Leyque reduce costos laborales a los aguinaldos ygratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, en lostérminos siguientes:


“Artículo 4. Vigencia
La presente Ley entra en vigencia el día siguiente de supublicación en el diario oficial El Peruano y rige hasta el 31 de diciembre de 2014. Inclúyense dentro de este beneficio a los jubilados y pensionistas.


”Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintiséis días del mes de mayo de dos mil once.


CÉSAR ZUMAETA FLORES
Presidente del Congreso de la República


ALDA LAZO RÍOS DE HORNUNG
Segunda Vicepresidenta del Congresode la República


AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO:


No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso, ordeno que se publique y cumpla.


En Lima, a los diecisiete días del mes de junio de dos mil once.


CÉSAR ZUMAETA FLORES
Presidente del Congreso de la República


ALDA LAZO RÍOS DE HORNUNG
Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República

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