Casación N° 1148-2010-La Libertad
En el presente caso, el
empleador entregaba a sus trabajadores un concepto denominado "racionamiento"
con la finalidad de que cubran los gastos de refrigerio en el horario de
almuerzo, sin embargo, al ser dicho concepto de libre disposición de los
trabajadores, la Corte concluyo que constituía remuneración para todo efecto
legal.
La Corte
Suprema considera que los conceptos "categoría
profesional" y "puesto de trabajo" son distintos. El
primero hace referencia a una posición o status determinado por la profesión,
oficio, especialización o experiencia laboral del trabajador; el segundo, a las
funciones concretas que desempeña el trabajador dentro de la empresa. La Corte
concluye que, cuando exista una modificación del puesto de trabajo pero no de
la categoría del trabajador, no existirá un acto de hostilidad.
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