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viernes, 6 de julio de 2012

CAS 505-2010-LIMA



CAS 505-2010-LIMA

Según un reciente pronunciamiento de la Corte Suprema, el trabajador que considera ser hostilizado mediante su traslado, no debe probar, en todos los casos, el propósito del empleador de ocasionarle perjuicio, bastando con la presentación de indicios o de medios probatorios idóneos. La exigencia de probar los actos de hostilidad, de acuerdo a la Corte, no supone una acreditación exhaustiva del propósito del empleador de ocasionar perjuicio al trabajador sino que se satisface ofreciendo los indicios y medios de prueba idóneos que permitan advertir que el empleador decidió el traslado excediendo los límites que impone el principio de razonabilidad.

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