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lunes, 16 de julio de 2012

EXP. 02710-2011-PA/TC


El Tribunal Constitucional señala que si una empresa no deja reincorporarse a un trabajador posterior a los 90 días (máximo plazo legal) producto de una suspensión perfecta del vinculo laboral por caso fortuitoseestaría frentea un despido arbitrario. En el presente caso el tribunal constata que no se ha repuesto al trabajador a su centro de labores a pesar que había excedido los 90 días producto de una suspensión perfecta por caso fortuito, por lo que, el colegiado dispone la reincorporación del trabajador a un puesto de similar nivel.

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